[Información del Mercado de Baterías de Plomo-Ácido] Según el sitio web oficial de la Secretaría Técnica de Medidas Antidumping, Compensatorias y de Salvaguardia del CCG y la Gaceta Oficial Número 53, el Comité Ministerial del CCG compuesto por los Ministros de Industria ha aprobado oficialmente la recomendación del Comité Permanente para imponer derechos antidumping definitivos sobre las baterías de plomo-ácido para arranque de motores de pistón (Código HS 85071000) originarias o exportadas desde la República Popular China y Malasia.
Los resultados de la investigación muestran que se impondrán derechos antidumping definitivos del 25,8%, 50,7% y 63,7% a tres empresas chinas (cinco entidades) respectivamente, 25,8% a productores exportadores chinos no seleccionados y 74% a otras empresas. Para dos empresas malasias, se aplicarán derechos del 43,2% y 68% respectivamente, y 77% a otras empresas. Los derechos antidumping definitivos se recaudarán como derechos ad valorem basados en un porcentaje del valor CIF del producto y entrarán en vigor a partir del 13 de enero de 2026, por un período no superior a cinco años.
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