[SMM Noticias del acero inoxidable] La UE mantiene sin cambios el umbral de minimis del CBAM mientras las normas de venta de certificados siguen pendientes
La Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera (DG TAXUD) de la Comisión Europea publicó su evaluación de minimis del CBAM el 30 de septiembre. Para el período del 1 de abril de 2025 al 31 de marzo de 2026, constató que el umbral de 50 toneladas basado en una masa única eximía menos del límite legal del 1 % de las emisiones incorporadas, por lo que el umbral se mantiene. Con arreglo al Reglamento del CBAM, la Comisión debe modificar el umbral mediante acto delegado si el valor calculado conforme al anexo VII se desvía del actual en más de 15 toneladas. La evaluación no publicó el cálculo ni la metodología subyacentes y llegó más tarde del plazo del 30 de abril fijado en el Reglamento. La DG TAXUD también publicó una ficha informativa sobre los certificados del CBAM, pero el acto delegado sobre la venta, recompra y comisiones de los certificados aún no se ha adoptado y, según fuentes del sector, se ha retrasado del segundo al cuarto trimestre. Dado que la venta de certificados debe comenzar el 1 de febrero de 2027 y que el Parlamento y el Consejo disponen de hasta cuatro meses para formular objeciones, existe el riesgo de que las normas no estén listas a tiempo. El reglamento de ejecución del artículo 9 sobre la imputación de los precios del carbono pagados en el país de origen también sigue estancado en fase de proyecto desde mayo. Para los importadores de acero inoxidable, las importaciones inferiores a 50 toneladas anuales siguen exentas, mientras que quienes superan el umbral siguen afrontando incertidumbre sobre la compra de certificados y los créditos por el precio del carbono en el país de origen, lo que mantiene sin resolver el cálculo de los costes del CBAM.