SMM, 2 de julio –
El 27 de junio se publicaron oficialmente las normas *Cuota de consumo energético por unidad de producto de silicio policristalino y germanio*, *Límites de eficiencia energética y clasificaciones de eficiencia energética de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino e inversores* y *Cuota de consumo energético por unidad de producto de silicio monocristalino*, con aplicación explícita a partir del 1 de enero de 2027.
En primer lugar, examinando específicamente las clasificaciones de estas normas de clasificación de eficiencia energética:

Actualmente, las clasificaciones de eficiencia energética se clasifican por ruta tecnológica, siendo el Nivel 1 el de mayor eficiencia. Entre ellas, las eficiencias de conversión fotoeléctrica para los niveles 1, 2 y 3 no deberán ser inferiores a: módulos TOPCon (24 %, 23,7 %, 23,2 %), módulos HJT (23,8 %, 23,5 %, 23,2 %), módulos BC (24,2 %, 23,9 %, 23,5 %).El documento estipula que la eficiencia de conversión fotoeléctrica para cada clasificación de eficiencia energética no será inferior al valor especificado en la tabla.
Además, las normas también imponen requisitos sobre la bifacialidad y las tasas de degradación para cada ruta tecnológica.
La tasa de degradación combinada por estrés ambiental para módulos fotovoltaicos de silicio cristalino no excederá el 8,6 %;
Para módulos fotovoltaicos bifaciales de silicio cristalino, las tasas de bifacialidad no serán inferiores a: módulos con celdas Topcon 75 %, módulos con celdas HJT 85 %, módulos con celdas BC 70 %.
Clasificación de potencia de los módulos según la clasificación de eficiencia energética:

En resumen, SMM ofrece un breve análisis. Se prevé que la norma obligatoria entre en vigor el 1 de enero de 2027. Aunque la norma *Límites de eficiencia energética y clasificaciones de eficiencia energética de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino e inversores* no especifica si los productos por debajo de la clasificación de eficiencia energética deben salir del mercado,según el Artículo 25 de la *Ley de Normalización*: Los productos o servicios que no cumplan con las normas obligatorias no podrán ser producidos, vendidos, importados o suministrados.Las unidades e individuos que participan en la producción, venta, importación y servicio deberán implementar estrictamente todas las disposiciones de las normas obligatorias. Se prohíbe la producción, venta, importación y suministro de productos y servicios que no cumplan con las normas obligatorias. Los productores, vendedores, importadores y proveedores de servicios deberán tener conocimiento de las normas obligatorias. Las infracciones de las normas obligatorias conllevarán la correspondiente responsabilidad legal conforme a la ley.

SMM analiza que las eficiencias de conversión mínimas exigidas por estas calificaciones de eficiencia energética, 23,2% y 23,5%, son actualmente alcanzables por los principales fabricantes chinos. Sin embargo, para los fabricantes con capacidad obsoleta, una eficiencia de conversión real del 23,3% sigue siendo inalcanzable. Dado que se espera que la norma se implemente el 1 de enero de 2027, el plazo es bastante ajustado para la capacidad obsoleta, lo que indica que parte de la capacidad entrará en una cuenta atrás para ser eliminada, y se prevé que la feroz competencia del sector se alivie o incluso mejore. Para las principales empresas de módulos nacionales, las limitaciones son relativamente pequeñas. Actualmente, los productos mayoritarios en producción han alcanzado en su mayoría el Nivel 3 o superior, y se espera que la concentración de la industria de módulos aumente posteriormente.
En general, tanto los anteriormente publicados «Requisitos de Seguridad para Módulos Fotovoltaicos» y «Requisitos de Etiquetado en Placa de Módulos Fotovoltaicos», como la actual «Valores Mínimos Admisibles de Eficiencia Energética y Grados de Eficiencia Energética para Módulos Fotovoltaicos de Silicio Cristalino e Inversores», proporcionan apoyo político para las iniciativas de ‘anti-involución’ en el mercado fotovoltaico chino. Se considera que la vieja vía de la autodisciplina empresarial ya no es viable. Combinar normas estrictas con mejoras tecnológicas empresariales para frenar la sobrecapacidad desde su origen y acelerar la racionalización de la capacidad obsoleta.
No obstante, cabe señalar que, aunque existen expectativas de eliminación, la situación de la oferta y la demanda nacional no puede mejorar de inmediato. A nivel nacional, la capacidad de los principales actores chinos ya puede satisfacer la demanda total por sí sola. El ajuste estructural de la oferta y la demanda aún necesita tiempo para surtir efecto, pero la racionalización de la capacidad obsoleta es un hecho consumado.
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