[India endurece los requisitos de abastecimiento local para el acero utilizado en compras gubernamentales]
El Ministerio de Acero de la India, mediante la Notificación Especial N.º 720 en la Gaceta de la India, modificó la Política de Productos de Acero Fabricados Nacionalmente 2025, sustituyendo el requisito original de una relación de valor agregado nacional no inferior al 50 % para productos bajo los códigos arancelarios 7301, 7302, 7303 y 7308-7326 por una condición más estricta de «fusión y colada», que abarca materiales ferroviarios, estructuras de acero, tanques de almacenamiento, contenedores, productos de alambre de acero, elementos de fijación y otros productos siderúrgicos. Para que los productos relacionados sean elegibles para su adquisición por parte de organismos gubernamentales indios, empresas estatales y proyectos financiados por el gobierno, el acero utilizado debe someterse a fusión y colada hasta su primera forma sólida dentro de la India, y el producto final debe fabricarse completamente en el país. Se espera que esta normativa restrinja la participación de productos terminados importados y de aquellos procesados y fabricados en la India con palanquillas, desbastes o laminados de acero importados en las contrataciones públicas, y desplace la demanda hacia las acerías nacionales indias. Sin embargo, esta medida solo se aplica a las compras gubernamentales y no constituye una restricción general a las importaciones de acero en el mercado privado.