La Dirección General de Comercio y Remedios (DGTR) de la India, dependiente del Ministerio de Comercio, recomendó imponer derechos antidumping de 223,82 a 414,92 dólares por tonelada métrica a las importaciones de acero al silicio no orientado en frío (CRNO) procedentes de China por un período de cinco años.
El producto objeto de investigación es el acero al silicio no orientado en frío (CRNO), que incluye chapas y planchas de acero al silicio laminadas en frío, ya sea en bobinas o no, y sin importar su anchura o espesor.
Estos se clasifican bajo las partidas arancelarias 72251920, 72251990, 72261920 y 72261990. Las importaciones también se clasifican bajo los códigos del SA 72255010, 72107000, 72261910, 72269110 y 72261100.
El período de investigación abarcó desde abril de 2023 hasta marzo de 2024 (año fiscal 2024).
La investigación por daño cubrió los años fiscales 2021, 2022, 2023 y el período de investigación.
El CRNO, también conocido como acero eléctrico no orientado (NOES), NGO o CRNGO, se utiliza ampliamente en maquinaria rotativa como motores industriales, generadores, vehículos eléctricos y electrodomésticos.
En octubre de 2024, la DGTR inició la investigación después de que POSCO Maharashtra Steel Pvt y CSCI Steel Corporation India Pvt presentaran una solicitud, alegando que el aumento de las importaciones desde China suprimió significativamente los precios nacionales y amenazó su viabilidad.

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