[Noticia urgente de SMM] SMM informó el 15 de mayo de 2025 que, el 8 de mayo de 2025, la Secretaría de Economía de México emitió un aviso en el que se indicaba que, en respuesta a las solicitudes de las empresas mexicanas Cocinas Modulares, S.A. de C.V. y E.B. Técnica Mexicana, S.A. de C.V., había iniciado la segunda investigación de revisión por expiración de las medidas antidumping sobre fregaderos de acero inoxidable (con un peso no superior a 8 kg) originarios de China.
El período de investigación de dumping para este caso fue del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025, y el período de investigación de daño fue del 1 de abril de 2020 al 31 de marzo de 2025. El código arancelario TIGIE de los productos afectados fue 7324.10.01. Durante el período de investigación del caso, los derechos antidumping vigentes siguieron en vigor. El aviso entró en vigor el día siguiente a su publicación.
El 14 de marzo de 2014, México inició una investigación antidumping sobre fregaderos de acero inoxidable (con un peso no superior a 8 kg) originarios de China. El 8 de mayo de 2015, México emitió una resolución final afirmativa en este caso y comenzó a imponer derechos antidumping a los productores/exportadores chinos. En concreto, el tipo de derecho fue de 4,14 dólares/kg para Taizhou Luqiao Jixiang Kitchenware Co., Ltd. y de 5,40 dólares/kg para otros productores/exportadores chinos. Posteriormente, México llevó a cabo una revisión por expiración y emitió una resolución afirmativa el 7 de junio de 2021, prorrogando el período de cobro de impuestos.
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